Rutas hacia la justicia reproductiva: obligaciones pendientes
1. Aborto
a. A los congresos locales
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- Reformar los Códigos Penales para despenalizar el aborto consentido.
b. Al Congreso de la Unión:
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- En el caso de la emisión de un Código Penal Nacional, despenalizar el aborto consentido.
c. A las instituciones del Sistema Nacional de Salud:
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- Garantizar el acceso al aborto seguro bajo los supuestos permitidos por ley, con énfasis en el aborto por violación y por riesgo a la salud, a partir de lo establecido en la NOM 046, Ley General de Víctimas, el desarrollo de la SCJN y lo que señala el Lineamiento para la Atención del Aborto Seguro en México, del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
- Tomar las medidas necesarias para que la objeción de conciencia no sea un obstáculo en el acceso al aborto legal y seguro.
d. A las instituciones de salud de Oaxaca, Hidalgo y Veracruz:
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- Garantizar el acceso al aborto seguro y electivo en las primeras 12 semanas de gestación.
- Garantizar el acceso al aborto seguro y electivo en las primeras 12 semanas de gestación.
e. A la fiscalía general y las fiscalías locales:
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- Garantizar que en los casos de aborto consentido en la etapa de investigación inicial se cercioren de que efectivamente no existen causas de no punibilidad o excluyentes de responsabilidad.
- Garantizar que en los casos en los que no existan causas de no punibilidad o excluyentes de responsabilidad se realice un análisis de contexto y de perspectiva de género para valorar adecuadamente si la conducta de la persona investigada fue efectivamente dolosa.
- Garantizar que en los casos de aborto consentido en la etapa de investigación inicial se cercioren de que efectivamente no existen causas de no punibilidad o excluyentes de responsabilidad.
f. Al Poder Judicial de la Federación y poderes judiciales locales:
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- Conocer y aplicar los estándares de constitucionalidad, perspectiva de género y derechos humanos relacionados con el aborto seguro, en los asuntos de los que tengan conocimiento, entre ellos los desarrollados por la scjn.
2. Violencia obstétrica y muerte materna
a. A las instituciones del Sistema Nacional de Salud:
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- Garantizar la correcta implementación de las estrategias orientadas a facilitar el acceso de las mujeres y personas gestantes para recibir atención ante una emergencia obstétrica sin importar la afiliación a una institución de salud.
- Institucionalizar, más allá de la emergencia sanitaria, los estándares previstos en el Lineamiento para la prevención y mitigación de COVID-19 en la atención del embarazo, parto, puerperio y de la persona recién nacida, y sus posteriores actualizaciones. Por ejemplo, el derecho a estar acompañada, la consolidación de los servicios de primer nivel, y la inclusión de otros profesionales y auxiliares, como parteras y enfermeras obstetras.
- Garantizar la correcta implementación de la NOM 007 en materia de atención del embarazo, parto y puerperio. En particular, buscar una mejora en la calidad de la atención a las mujeres y otras personas embarazadas, haciendo énfasis en aspectos como la interculturalidad y su inclusión en la toma de decisiones, además de un mayor cuidado a su estado psicológico y emocional durante todo el proceso del embarazo, y la eliminación de todas las prácticas que puedan generar violencia obstétrica.
- Garantizar la obtención y generación de un consentimiento libre, pleno, previo e informado de las personas sujetas a tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas relacionadas con la aplicación de métodos anticonceptivos y de planificación familiar, de acuerdo con los criterios emitidos por la SCJN.
- Implementar estrategias de prevención y atención a la violencia obstétrica, tomando como base la Recomendación general 31/2017 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
- Establecer una regulación que dote certidumbre jurídica la emisión de certificados de nacimiento en el caso de los partos atendidos por parteras fuera de las instituciones de salud.
b. A la Secretaría de Salud Federal:
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- Actualizar la Norma Oficial Mexicana NOM 005-SSSA2-1993 de los servicios de planificación familiar, para eliminar la recomendación de oclusión tubaria bilateral para personas con discapacidad e incorporar perspectiva de derechos humanos de personas con discapacidad en el ejercicio de la salud reproductiva y el derecho a acceder a servicios de anticoncepción.
3. Conciliación de la vida laboral y reproductiva
a. Al Poder Ejecutivo:
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- Remitir al Senado de la República, para su ratificación, los convenios 156 (trabajadores con responsabilidades familiares) y 183 (protección de la maternidad) de la Organización Internacional del Trabajo.
b. Senado de la República
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- Aprobar la reforma a la Constitución que crea el Sistema Nacional de Cuidados.
c. Al Congreso de la Unión
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- Reformar el marco jurídico del derecho al trabajo y seguridad social, para aumentar las licencias de maternidad a, por lo menos, 16 semanas.
- Reformar el marco jurídico del derecho al trabajo y la seguridad social para aumentar las licencias de paternidad a, por lo menos, 8.5 semanas con goce de suelto mediante subsidio estatal.
- Establecer las bases normativas y presupuestales para la construcción de un sistema de seguridad social universal.
- Reformar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para implementar los mismos mecanismos de teletrabajo y de horarios flexibles recientemente incorporados a la Ley Federal del Trabajo, en beneficio de las y los trabajadores del sector público.
- Reformar el marco jurídico del derecho al trabajo y seguridad social, para aumentar las licencias de maternidad a, por lo menos, 16 semanas.
d. Al Instituto Mexicano del Seguro Social
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- Vigilar la correcta implementación y acceso sin discriminación a estancias infantiles para padres y madres de familia, en atención a la reforma a los artículos 201 y 2015 de la Ley del Seguro Social.
- Vigilar la correcta implementación y acceso sin discriminación a estancias infantiles para padres y madres de familia, en atención a la reforma a los artículos 201 y 2015 de la Ley del Seguro Social.
4. Reproducción asistida
a. A las instituciones de salud federales:
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- Eliminar disposiciones discriminatorias que regulan las técnicas de reproducción asistida.
- Al Centro Médico Nacional 20 de Noviembre: dar cumplimiento a la Resolución 8/2017 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), en relación con remover los requisitos de límite de edad de 35 años, ser pareja legalmente constituida y no tener anomalías genéticas heredables, para poder acceder al Programa Integral de Reproducción Asistida.
b. A la Secretaría de Salud Federal:
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- Emitir una Norma Oficial Mexicana que prevea los aspectos médicos y técnicos de los procedimientos de reproducción asistida en los ámbitos público y privado.
- Emitir una Norma Oficial Mexicana que prevea los aspectos médicos y técnicos de los procedimientos de reproducción asistida en los ámbitos público y privado.
c. Al Congreso de la Unión:
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- En caso de reformar la Ley General de Salud para regular las técnicas de reproducción asistida, hacerlo bajo estándares de derechos humanos, tomando en consideración los temas que deben ser abordado por el Congreso Federal tal y como se señaló el Pleno de la scjn en la ai 16/2016.
- En caso de reformar la Ley General de Salud para regular las técnicas de reproducción asistida, hacerlo bajo estándares de derechos humanos, tomando en consideración los temas que deben ser abordado por el Congreso Federal tal y como se señaló el Pleno de la scjn en la ai 16/2016.
d. A los congresos locales:
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- Regular las consecuencias civiles y familiares que se derivan del uso de procedimientos de reproducción asistida, y abstenerse de regular aspectos sanitarios de las TRHA.
- A los congresos de Sinaloa y Tabasco: reformar su legislación relacionada con la gestación subrogada o por sustitución de acuerdo con los estándares establecidos por la SCJN en la ai 16/2016.
5. Obligaciones transversales
a. Acceso a la justicia y reparación integral
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- A la CNDH y las comisiones locales de derechos humanos:
- A la CNDH y las comisiones locales de derechos humanos:
1. Reconocer la calidad de víctima y el derecho a la reparación integral en los asuntos relacionados con violaciones a derechos reproductivos, de los que tengan conocimiento.
2. Establecer medidas de reparación integral bajo los más altos estándares de derechos humanos, en los asuntos de violaciones a derechos reproductivos que conozcan.
3. Dar seguimiento puntual y efectivo a la implementación de las recomendaciones o conciliaciones que emitan, relacionadas con violaciones a derechos reproductivos.
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- A la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y las comisiones locales de atención a víctimas:
1. Fortalecer la asesoría jurídica federal y de las entidades federativas para contar con más asesoras y asesores expertos en las materias relacionadas con las violaciones de derechos humanos objeto de la asesoría.
2. Dar seguimiento puntual y efectivo al cumplimiento de las reparaciones integrales ante las autoridades obligadas.
b. Acceso a la información
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- A las instituciones de salud federales y locales:
1. Recopilar, sistematizar y publicitar datos e información sobre aborto, muerte materna, violencia obstétrica, reproducción asistida, conciliación de la vida laboral y personal, y acceso a la justicia ante violaciones a derechos reproductivos, desglosada en los términos propuestos en este informe.
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- A los órganos garantes en las entidades federativas:
1. Mejorar la modalidad para la interposición de los recursos de revisión y la comunicación entre las partes involucradas en la Plataforma Nacional de Transparencia.
2. Realizar capacitaciones a los sujetos obligados para mejorar la sistematización de la información pública.
3. Incorporar en la lista de sujetos obligados de todas las entidades federativas aquellos sujetos obligados que reciban financiamiento por parte del Estado.
c. Igualdad y no discriminación
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- A todas autoridades federales y locales, en el ejercicio de sus competencias:
1. Garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, por ejemplo:
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- La disponibilidad de intérpretes a Lengua de Señas Mexicana y lenguas indígenas en todos los servicios e información proporcionada por instituciones gubernamentales.
- El reconocimiento de la autonomía reproductiva y la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, acompañado de ajustes razonables y sistemas de apoyo para el ejercicio de sus derechos.
- El reconocimiento de la autonomía progresiva de las personas adolescentes.
- El impacto diferenciado del sistema penitenciario en la vida de las mujeres en situación de pobreza y exclusión.
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d. Progresividad y no regresividad
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- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Cámara de Diputados y Diputadas
1. Asegurar un presupuesto suficiente para garantizar la prestación de servicios de salud reproductiva, en los tres niveles de atención médica en todo el país; así como prestaciones relacionadas con la conciliación de la vida laboral y la vida personal.
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- A los tres Poderes de la Unión:
1. Velar por el fortalecimiento de instituciones de acceso a la justicia y protección de derechos humanos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, dotándoles de presupuesto suficiente que garantice el cumplimiento de sus facultades.